Estimad@s Matriculad@s:
En esta oportunidad nos comunicamos para brindar
algunos detalles en relación a las gestiones necesarias para la REGULARIZACIÓN
CONTABLE del COLEGIO PROFESIONAL, entre ellas la opción del pago de la
matrícula mediante débito automático, ante las consultas de algún@s
matriculad@s.
Actualmente, a través del Estudio Contable Bergues y
Oviedo, Contadores Públicos (de la ciudad de Ushuaia), se lleva adelante todo
lo referido a la contabilidad del Colegio Profesional, desde el mes de enero de
2018, de manera mensual.
Todo lo vinculado a este tema se viene trabajando y
definiendo en las diversas Asambleas Ordinarias desde el año 2015.
Se confeccionaron, y aprobaron por el Consejo de
Ciencias Económicas, 9 (nueve) balances adeudados de gestiones anteriores. Hoy
podemos decir que el Colegio se encuentra al día, ya que en el día de ayer se
entregó el balance correspondiente al período 2016-2017.
Asimismo se pidió alta de AREF, AFIP, se presentaron
declaraciones juradas, eximición de contribuciones en AREF, pedido de
apertura de cuenta bancaria, etc.
Es una gestión que requirió de mucho compromiso y
trabajo de la Gestión del Consejo Directivo anterior, que permitió asumir este
tema como prioridad para la continuidad del desarrollo del Colegio Profesional.
Para la Gestión Actual continúa siendo un eje prioritario.
Es por esto que solicitamos a tod@s los matriculad@s
que utilicen las vías formales de comunicación del Colegio Profesional para
transmitir cualquier situación referida al Pago de la Matrícula y así poder
coordinar el pago de la misma para los colegas de las tres ciudades de la
Provincia.
Esperamos contar con la presencia de tod@s ustedes en
las Asambleas, considerando la relevancia de este Órgano del Colegio para proponer,
debatir, analizar y tomar decisiones de manera colectiva.
Recordamos que la Ley Provincial Nº 1165, Ley
de Ejercicio Profesional del Trabajo Social establece en el Artículo 10 que son
derechos de los/as profesionales: f)
participar activamente en el Colegio; en el Artículo 18 que los/as
colegiados/as tendrán los siguientes derechos: a) tener voz y voto en las asambleas; y en el Artículo 23 que la
Asamblea es el órgano máximo del Colegio, y que la integran aquellos
profesionales matriculados contemplados en esta ley.
Saludos
Cordiales
Consejo Directivo
Consejo Directivo
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